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Último día para recategorizarse en el monotributo: cómo se hace y qué pasa si no se cumple

Este martes vence el plazo para la recategorización obligatoria del Monotributo ante ARCA. No cumplir con el trámite puede derivar en recategorizaciones de oficio, multas e intereses.

Este martes 5 de agosto vence el plazo para realizar la recategorización obligatoria del Monotributo ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). El trámite, que se realiza de forma online, es fundamental para determinar la categoría del contribuyente y el monto de la cuota mensual que se deberá pagar durante los próximos seis meses.

¿Quiénes están obligados a recategorizarse?

Todos los monotributistas que hayan cumplido 12 meses consecutivos en el régimen y facturen a través de puntos de venta electrónicos deben realizar la recategorización. La misma permite actualizar la categoría según los ingresos brutos obtenidos en los últimos 12 meses, ya sea que el monto haya aumentado, disminuido o se haya mantenido igual.

Cómo hacer la recategorización paso a paso

El trámite se realiza únicamente desde el sitio web oficial de ARCA. Para completarlo, se deben seguir los siguientes pasos:

  1. Ingresar al portal de Monotributo con CUIT y clave fiscal.
  2. Seleccionar la opción “Recategorizarme”.
  3. Visualizar la categoría actual y los topes de facturación vigentes.
  4. Hacer clic en “Continuar recategorización” e ingresar el monto total facturado en los últimos 12 meses.
  5. Confirmar la nueva categoría asignada e imprimir la nueva credencial.

¿Qué sucede si no hacés la recategorización?

En caso de no realizar el trámite antes del vencimiento, ARCA tiene la potestad de recategorizar de oficio al contribuyente. Esto puede ocurrir si detecta movimientos bancarios, gastos o consumos que no coinciden con la categoría declarada y que superan los ingresos brutos permitidos.

La recategorización de oficio incluye un ajuste adicional del 20% o 30%, según se trate de prestación de servicios o venta de bienes. Además, pueden aplicarse multas, intereses o fiscalizaciones, lo cual puede complicar la situación fiscal del contribuyente.

Nuevas escalas del Monotributo vigentes desde julio de 2025

Con la última actualización semestral, los topes de facturación anual quedaron establecidos de la siguiente manera:

  • Categoría A: hasta $8.985.022,96
  • Categoría B: hasta $13.164.103,40
  • Categoría C: hasta $18.450.000
  • Categoría D: hasta $22.910.000
  • Categoría E: hasta $26.950.000
  • Categoría F: hasta $33.780.000
  • Categoría G: hasta $40.390.000
  • Categoría H: hasta $61.290.000
  • Categoría I: hasta $68.600.000
  • Categoría J: hasta $78.560.000
  • Categoría K: hasta $94.725.823,47

Claves para tener en cuenta

  • La recategorización se basa en los ingresos brutos de los últimos 12 meses, no en el semestre anterior.
  • Incluso si no se superó el tope de facturación, es necesario ingresar y ratificar la categoría actual.
  • El nuevo monto a pagar regirá a partir de septiembre de 2025.

Realizar el trámite en tiempo y forma evita sanciones y permite al contribuyente mantener su situación fiscal regularizada. En un contexto de inflación y cambios constantes, muchos podrían haber superado sin advertirlo los topes de su categoría. Por eso, hacer la recategorización es una tarea impostergable.

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