La Cámara Nacional Electoral (CNE) le ordenó al Gobierno que los resultados provisorios de las elecciones nacionales legislativas 2025 del 26 de octubre se publiquen por provincias y no de forma global, en un fallo dispuesto por unanimidad.
El pedido a la Justicia fue del Partido Justicialista, la Unión Cívica Radical (UCR) y el Frente de Izquierda. Surgió luego del simulacro del fin de semana de la Dirección Nacional Electoral (DINE), en el que por primera vez se unificó el resultado por alianzas políticas en vez de mostrar los datos por provincias.
El fallo mantiene el criterio histórico de las legislativas donde el recuento se hace por distritos, porque los escaños de diputados y senadores se asignan según los votos obtenidos en cada provincia.

El sábado la DINE incluyó una “consolidación de votos a nivel nacional” bajo un mismo criterio de alianzas, una modalidad inédita para una elección legislativa que generó el rechazo de la oposición. Desde el peronismo atribuyeron a la medida a un intento del Gobierno de proyectar un eventual triunfo nacional del oficialismo libertario.
Las claves en los anuncios de los resultados de las elecciones Legislativas 2025
En este ciclo electoral, el Poder Ejecutivo Nacional delegó en el Correo Oficial la contratación de la empresa encargada del conteo provisorio, así como la impresión de boletas y padrones. Ante observaciones de partidos políticos, la Cámara recordó que ya había exigido a la Dirección Nacional Electoral que, al difundir los resultados provisorios, se explique de manera clara su naturaleza, la metodología empleada, las diferencias con el escrutinio definitivo y la relevancia jurídica de este último. Además, insistió en que la difusión debe ser “objetiva y neutral, en términos de filiación política partidaria”.

El núcleo de la decisión se apoya en la letra de la Constitución Nacional y el Código Electoral Nacional, que establecen que para las elecciones legislativas cada provincia y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituyen distritos electorales independientes. Por lo tanto, “no hay margen de interpretación alguno que permita llevar adelante un escrutinio global de todo el territorio nacional, como el previsto para la elección presidencial”. Los resultados deben computarse y publicarse por distrito, sin agregados nacionales, para evitar inducir a error sobre la representación real de cada fuerza política.
La Cámara concluyó y ordenó a la Dirección Nacional Electoral que la publicación del escrutinio provisorio “deberá respetar el criterio de división por distrito electoral, con arreglo al contenido de la presente”. La resolución lleva las firmas de Daniel Bejas como presidente, Alberto Ricardo Dalla Via como vicepresidente y Santiago Hernán Corcuera como juez de cámara, con la actuación de los secretarios Hernán Gonçalves Figueiredo y Sebastián Schimmel.

