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Written by 11:43 am Educación

Misiones actualiza el régimen jubilatorio para personal no docente del sistema educativo

Misiones lanzó un nuevo régimen jubilatorio para personal no docente, con aplicación gradual y criterios de sustentabilidad financiera.

El Gobierno de Misiones avanzó en una reforma clave del régimen previsional para el personal no docente del sistema educativo. A través del decreto 1953/2025, publicado este jueves en el Boletín Oficial, la provincia dispuso la implementación gradual del nuevo marco legal que regula la jubilación ordinaria para bedeles, preceptores, secretarios, prosecretarios y bibliotecarios.

La medida, firmada por el gobernador Hugo Passalacqua, da cumplimiento a la modificación introducida por la Ley VII-N° 103, que reformó el artículo 38° de la Ley XIX-N° 2. Con este cambio, se eliminó el requisito de edad para acceder al beneficio jubilatorio, siempre que el trabajador acredite 30 años de servicios con aportes al Instituto de Previsión Social (IPS).

El nuevo régimen jubilatorio del personal no docente será gradual

El Poder Ejecutivo provincial decidió aplicar la norma de forma progresiva. En esta primera etapa, las mujeres deberán tener al menos 54 años y los hombres 57, además de contar con tres décadas de aportes. El decreto fundamenta esta transición en la necesidad de “preservar el equilibrio de la caja provincial” y evitar impactos financieros bruscos en el IPS, sin alterar la sustentabilidad del sistema.

Desde el Gobierno provincial destacaron que la medida representa un paso importante hacia el reconocimiento del esfuerzo de quienes dedicaron su vida laboral al servicio educativo. Muchos agentes no docentes, pese a acumular décadas de trayectoria, no podían acceder al beneficio por no cumplir con el límite de edad anterior. Entre ellos se incluyen trabajadores con licencias prolongadas por cuestiones médicas o que fueron reasignados a otras funciones dentro del sistema educativo.

En vistas de mayor sustentabilidad financiera

El nuevo marco legal también contempla un esquema de financiamiento especial para docentes transferidos a la órbita provincial que aún no reúnen los años mínimos de aportes. En esos casos, el Fondo de Beneficio Jubilatorio Especial —creado por la Ley XIX-N° 29— cubrirá las prestaciones, y si no fuera suficiente, se recurrirá a la Agencia Tributaria Misiones. Durante ese período, tanto el beneficiario como el Estado continuarán aportando al IPS sobre la base del salario en actividad.

El decreto fue refrendado por los ministros de Coordinación General de Gabinete, Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos, y Educación, Ciencia y Tecnología. Además, ya se comunicó al Consejo General de Educación (CGE), al Servicio Provincial de Enseñanza Privada de Misiones (SPEPM) y al Instituto de Previsión Social para su inmediata aplicación.

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