La Justicia volvió a poner un límite al Gobierno nacional en la disputa por el financiamiento de las universidades públicas. El juez federal Martín Cormick declaró inconstitucional el decreto con el que el presidente Javier Milei había frenado la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario y ordenó que se garantice su cumplimiento inmediato.
La resolución hizo lugar a los amparos presentados por el Consejo Interuniversitario Nacional (Cin) y la Universidad de Buenos Aires (UBA). En su fallo, el titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.º 11 invalidó la cláusula del decreto 759/2025 que condicionaba la ejecución de la norma a una futura definición de los recursos presupuestarios.

La decisión alcanza específicamente la expresión “sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N°24.629”, incorporada por el Ejecutivo al momento de promulgar la ley. Esa condición había permitido que la norma quedara vigente en los papeles, pero suspendida en la práctica.
Además de declarar la inconstitucionalidad de ese apartado, Cormick ordenó que el Poder Ejecutivo dicte las medidas necesarias para garantizar el “cumplimiento inmediato de la Ley de financiamiento universitario”.
Aunque se trata de una sentencia de primera instancia, el fallo representa un nuevo revés para la estrategia oficial, que sostenía que el Congreso debía definir las fuentes de financiamiento e incorporar las partidas correspondientes al Presupuesto Nacional antes de poner en marcha la ley.
Los fundamentos del juez
En los fundamentos, el magistrado sostuvo que el mecanismo utilizado para postergar la aplicación de la norma constituyó un “mecanismo extraconstitucional” destinado a bloquear una ley que había sido ratificada por ambas cámaras del Congreso.
Según explicó, la propia legislación contempla herramientas para afrontar su costo. En ese sentido, recordó que el artículo 9 de la Ley 27.795 habilita la adecuación de partidas presupuestarias y permite utilizar ingresos corrientes que superen las previsiones oficiales, sin afectar la coparticipación de las provincias ni los aportes del Tesoro Nacional.

Cormick también citó una estimación de la Oficina de Presupuesto del Congreso, que calculó que la implementación de la norma representaría el 0,23% del Producto Bruto Interno (PBI) para 2025.
El conflicto comenzó tras la sanción de la ley en agosto de 2025. Milei la vetó, pero tanto la Cámara de Diputados como el Senado reunieron los votos necesarios para insistir con su aprobación y convertirla definitivamente en ley.
Meses después, el Ejecutivo la promulgó mediante el decreto ahora cuestionado por la Justicia, incorporando una condición presupuestaria que terminó impidiendo su aplicación efectiva. Esa decisión dio origen a una serie de acciones judiciales impulsadas por universidades y organismos académicos.
El nuevo pronunciamiento además se conecta con otros fallos dictados por Cormick sobre aspectos específicos de la norma, particularmente aquellos vinculados con la actualización de salarios docentes y no docentes y con los programas de becas estudiantiles.
Salarios, becas y advertencias a Nación
A fines de septiembre, el juez había otorgado un plazo de cinco días al Gobierno nacional para avanzar en el cumplimiento de una medida cautelar relacionada con esos puntos, bajo apercibimiento de sanciones económicas. Si bien reconoció que la Casa Rosada presentó documentación sobre negociaciones salariales y pagos realizados, concluyó que solo había demostrado un cumplimiento parcial de las obligaciones previstas por la ley.
El Ejecutivo argumentó que los incrementos salariales acumulados desde diciembre de 2023 alcanzaban el 226,8% y superaban la inflación del período analizado. Sin embargo, el magistrado cuestionó ese criterio y sostuvo que no estaba acreditada la actualización conforme a los parámetros establecidos por la norma. También rechazó la interpretación oficial que limitaba el alcance de las becas al programa Manuel Belgrano.
La Ley de Financiamiento Universitario no solo contempla mecanismos para recomponer los gastos de funcionamiento de las universidades públicas y actualizar los ingresos de sus trabajadores. También prevé recursos para investigación, infraestructura, equipamiento, tecnología y extensión universitaria, con el objetivo de sostener el acceso, la permanencia y la graduación de los estudiantes en todo el país.

