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Written by 9:40 pm El Periodista

El acoso callejero y la mirada de la Justicia

El juez Alfredo Olmo Herrera explicó en Canal Doce que el acoso callejero constituye violencia de género y detalló medidas legales vigentes en Argentina, donde aún no está penalizado, pero puede abordarse con sanciones contravencionales y cautelares

Espacio Amigo - acoso callejero

El doctor Alfredo Olmo Herrera, juez del Juzgado de Violencia Familiar N.° 1, abordó en “El Periodista” de Canal Doce la temática del acoso callejero desde el marco legal. “En principio el acoso callejero es una forma de violencia de género, es toda forma de violencia ejercida contra una mujer en el espacio público, por una persona o por un grupo de personas, por medio de actitudes, de alguna cuestión verbal, gestual, siempre que tenga una connotación sexual y que obviamente genere en esa persona, en esa mujer, algún tipo de temor, rechazo, ofensa”, explicó.

El magistrado señaló que incluso situaciones culturalmente toleradas, como los piropos, pueden considerarse acoso según la ley. “Entiendo que la pregunta gira en torno a situaciones que la sociedad todavía tolera… el acoso callejero es puntual y se relaciona con situaciones muy específicas y graves”, aclaró durante la entrevista. A su juicio, la diferencia entre un halago y una acción de acoso depende del contexto y de la percepción de la víctima.

Perspectiva de género y medidas legales

En otro aspecto, indicó que cada caso debe analizarse con perspectiva de género y participación de la víctima. Ya que esto “nos va a permitir, haciéndole partícipe a la propia víctima de ese trabajo de investigación, entender ante qué situación estamos”. Además, recordó que “La ley general, la 26485, busca como principio rector es asegurar a las mujeres una vida libre de violencia y libertad propiamente, ya que incluye el espacio público”.

Asimismo, el juez puntualizó que, aunque en Argentina el acoso callejero no está penalizado, existen alternativas legales para abordar estos casos. “En principio lo que habilita la norma es la aplicación de medidas casi de naturaleza contravencional, alguna medida cautelar, algún trabajo comunitario, algún pago de alguna multa, hay proyectos para criminalizar este tipo de conductas”, detalló.

El espacio público como ámbito de protección

Olmo Herrera aclaró que la protección abarca todos los espacios de acceso público, incluidos restaurantes, discotecas y transporte público. “El espacio que se protege a la mujer es el ámbito público, de acceso público, como el ámbito privado con acceso público… ahí podemos sumar el transporte público de pasajeros, una plaza, la vereda, un shopping. Es decir, todo espacio donde la persona… hace su tarea diaria, su vida, en contacto con los hombres”, detalló. Aunque que en algunos casos se incluyen tocamientos y exhibiciones obscenas, especialmente cerca de instituciones escolares.

Respecto a la cantidad de denuncias, recalcó que las estadísticas son limitadas. “Está tan naturalizada la situación de acoso, que no hay denuncias, porque las mujeres tienen que tomar la triste decisión de dejarlo pasar, salvo cuando ya es extremadamente grave”, dijo. No obstante, citó datos del movimiento feminista Múmala, que indicaban que de cada 10 mujeres consultadas, 9 habían sufrido alguna situación de acoso, mientras que entre los hombres, uno de cada tres reportó experiencias similares.

Los acosadores suelen actuar cuando perciben debilidad

Sobre la prueba de acoso, el funcionario judicial especificó que la declaración de la víctima puede ser suficiente para medidas de protección. “Hay casos donde con la declaración de la víctima ha alcanzado para la adopción de medidas de protección. Obviamente que con la aparición y el uso de la tecnología, como el video que acabamos de ver, a veces las situaciones pueden llegar a ser documentadas”, informó. Agregó que los acosadores suelen estudiar los contextos y actuar cuando perciben vulnerabilidad.

El juez también describió perfiles de acosadores y la arraigada naturalización del acoso en la sociedad. “Hay personas que tienen esa tendencia y otras que no, porque, repito, lamentablemente es algo que está muy arraigado en nuestra cultura, muy naturalizado”, apuntó en referencia a cómo ciertos contextos culturales justifican la conducta.

La percepción social del acoso callejero y la cultura patriarcal

Del mismo modo, reflexionó sobre la percepción social de los acosadores y las víctimas, en la que existe una tendencia a minimizar la gravedad de la situación y a priorizar otras cuestiones sociales.

Justamente, enfatizó la necesidad de un cambio cultural en la comprensión de la violencia en el espacio público. “Todos somos hermanos de mujeres, hijos de mujeres, tenemos hijas, tenemos vecinas, tenemos compañeras de trabajo y yo creo que nadie desearía que ningún miembro de mi círculo social sufra una situación como esta”, manifestó. Aseguró que la sociedad a veces defiende costumbres que deberían reevaluarse críticamente.

La atracción no debe expresarse de manera que genere acoso

Sin embargo, aconsejó evitar comentarios con connotación sexual hacia mujeres en la vía pública. Aunque, aclaró que consultas sobre direcciones u otras preguntas neutras son aceptables. Ya que la atracción o deseo natural no debe expresarse de manera que genere acoso: “El problema es lo que hacemos con esa atracción”.

“Pero cuando se analiza, cuando se aborda de un lugar crítico esta temática es la propia sociedad, la que casi como si fuera anticuerpos, salta a defender costumbres que en realidad yo creo que llegó la hora de empezar a reveer críticamente”, instó al cierre de la entrevista.

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