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El Gobierno nacional apeló el fallo que lo obliga a cumplir la Ley de Financiamiento Universitario

La administración nacional cuestionó la decisión del juez Martín Cormick, quien consideró inconstitucional el mecanismo utilizado para frenar la aplicación de una norma ratificada por el Congreso. El expediente pasará a la Cámara Contencioso Administrativo Federal, que deberá analizar la sentencia que ordenó ejecutar la ley sancionada en 2025.

El Gobierno nacional apeló el fallo judicial que declaró parcialmente inconstitucional el decreto 759/2025, una medida con la que el Poder Ejecutivo había condicionado la aplicación de la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente. Con la presentación oficial, el caso quedó ahora en manos de la Cámara Contencioso Administrativo Federal.

La decisión busca revertir el fallo del juez federal Martín Cormick, quien días atrás hizo lugar a un amparo colectivo impulsado por el Consejo Interuniversitario Nacional, universidades públicas y gremios docentes. En su resolución, el magistrado sostuvo que el Ejecutivo no podía supeditar la vigencia de una ley aprobada por el Congreso a la determinación posterior de fuentes de financiamiento.

Además, ordenó al Estado nacional cumplir de manera inmediata con la normativa mediante el dictado de las reglamentaciones y medidas necesarias para su ejecución.

Los antecedentes

El conflicto comenzó tras la sanción de la Ley 27.795, aprobada por el Congreso en agosto de 2025. Aunque el presidente Javier Milei la vetó posteriormente, ambas cámaras reunieron los dos tercios necesarios para insistir con su aprobación y convertirla en ley.

La norma prevé la actualización de los gastos de funcionamiento de las universidades públicas, la recomposición de los salarios docentes y no docentes, la actualización de las becas estudiantiles según la inflación, la convocatoria obligatoria a paritarias y recursos específicos destinados a investigación.

Sin embargo, después de la ratificación legislativa, el Ejecutivo promulgó la ley mediante el decreto 759/2025, publicado el 21 de octubre de 2025, pero dispuso que su ejecución quedara suspendida hasta identificar los recursos necesarios e incorporarlos al presupuesto nacional.

Los argumentos de Nación para apelar el fallo

Para justificar esa decisión, el Gobierno invocó el artículo 5 de la Ley 24.629, que exige prever las fuentes de financiamiento de las normas que generan nuevos gastos. Ese argumento fue cuestionado por las universidades y derivó en una presentación judicial que abrió una larga disputa en los tribunales.

En diciembre de 2025, Cormick había dictado una medida cautelar que ordenó aplicar los artículos vinculados a salarios y becas. La decisión fue confirmada posteriormente por la Cámara y quedó firme cuando la Corte Suprema rechazó intervenir al considerar que no se trataba de una sentencia definitiva.

Martin Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11.

Durante los meses siguientes, el magistrado exigió al Estado acreditar el cumplimiento de esa cautelar. El Ejecutivo respondió que había cumplido con sus obligaciones mediante aumentos salariales, negociaciones paritarias y actualizaciones de becas, aunque la controversia continuó abierta.

La sentencia del 6 de octubre avanzó sobre el fondo del conflicto y marcó un punto de inflexión. Allí, Cormick concluyó que el mecanismo utilizado para suspender la aplicación de la ley había funcionado, en los hechos, como una nueva instancia de veto no prevista por la Constitución después de que el Congreso ratificara la norma.

Con la apelación presentada por el Gobierno, la discusión pasará ahora a la Cámara Contencioso Administrativo Federal, que deberá resolver si mantiene el criterio del juez o revierte una decisión con impacto directo sobre el financiamiento de las universidades públicas, los salarios del sector y las becas estudiantiles.

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