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Written by 7:00 am aaa Módulo B, Economía

Especialista analizó el impacto que tendrá las exenciones a billeteras virtuales

El editor del Blog del Contador Misiones, Marcos Felice, consideró la medida “muy positiva” en un contexto de recesión y estimó que beneficiará a más de 20 mil usuarios en la provincia.

El editor del Blog del Contador Misiones, Marcos Felice, analizó la medida de alivio fiscal anunciada por el gobernador Hugo Passalacqua, que beneficiará a más de 20 mil usuarios de billeteras virtuales en la provincia a partir del 1 de agosto.

Consultado por LT17 Radio Provincia de Misiones, Felice sostuvo que “no hay dudas de que el consumo está bastante caído” y consideró que la cuestión tributaria es “un tema a revisar y tener en cuenta”. En ese sentido, afirmó que la disposición “va a dar un alivio a este tipo de contribuyentes que están más en la actividad del día a día o remándola”.

El especialista explicó que “esa retención que te ahorrás o que no le pagás adelantado al fisco puede servir para la economía cotidiana, para movilizar un poco más el consumo”. También subrayó la importancia de discutir los temas impositivos y a qué sectores afectan: “Para mí es un aliciente de algo que debería modificarse, donde el contribuyente termina financiando a otros centros del país”.

Por último, señaló que la medida puede representar un beneficio regional: “Está bueno porque también abre la famosa competencia fiscal entre las provincias, esas cosas puntuales sirven y para la gente de la provincia también viene muy bien”.

Más sobre la medida

El Decreto N.º 936 instruyó al Ministerio de Hacienda a implementar mecanismos que excluyan de las retenciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a las acreditaciones de menor escala realizadas mediante plataformas digitales de pago.

Quedarán exentas las acreditaciones mensuales de hasta $2.184.404, monto equivalente al límite vigente de la Categoría D del Monotributo. Por debajo de ese umbral, los usuarios podrán percibir íntegramente las transferencias recibidas en billeteras virtuales, sin retenciones anticipadas.

La disposición entrará en vigencia el 1 de agosto de 2026 y alcanzará a usuarios particulares, trabajadores independientes, emprendedores y pequeños operadores económicos que utilizan billeteras virtuales como herramienta habitual para realizar cobros, pagos y transferencias.

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