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Written by 8:11 am Locales, Política

Desde el HCD recuerdan las normas contra la quema en espacios no autorizados

HCD quema

En Posadas, la ordenanza VI – Nº18 prohíbe la quema de residuos o cualquier material en espacios no autorizados. En la capital misionera funcionan seis puntos limpios para acercar los desechos voluminosos. 

Debido a las altas temperaturas que se registrarán en los próximos días, el Honorable Concejo Deliberante (HCD) de Posadas recuerda la vigencia de la ordenanza VI – N°18 . La norma establece la prohibición de quema de residuos o cualquier material en espacios no autorizados. Además, la capital misionera cuenta con una línea telefónica para denunciar cualquier foco de incendio. 

En una entrevista con Canal 12, la concejala Malena Mazal explicó que, debido a las altas temperaturas, “es importante recordar que está vigente la ordenanza VI – N°18 que prohíbe la quema de materiales en espacios no autorizados”. 

La concejala recordó que, tras la puesta en vigencia de la norma, a través del 0800-000-2483 la ciudadanía puede denunciar cuando detecte algún foco activo de incendio. Añadió que este tipo de llamadas pueden realizarse también al 911, las 24 horas del día. 

HCD quema
La concejala Malena Mazal recordó que es importante denuncias focos ígneos cuando lo detectan.

El HCD apunta a la prevención de la quema

Sobre los sitios donde se puede acercar los residuos voluminosos, Mazal señaló que trabajan a pleno los seis puntos limpios distribuidos en lugares estratégicos de la ciudad. “Todavía existe la vieja tradición de quemar basura. No se trata solo de la prohibición, sino de hablar de cuáles son las herramientas que otorga la ciudad”, manifestó. 

La ordenanza establece multas que van desde las 400 a mil unidades fijas ante el incumplimiento. Más allá de las sanciones, “es importante trabajar en la prevención”, insistió. 

Qué establece la ordenanza 

En su primer artículo, la ordenanza establece la prohibición de:

  • Arrojar, quemar, incinerar y/o mantener encendido en espacios públicos de uso común (calles, avenidas, colectoras, paseos peatonales, plazas, plazoletas y veredas) cualquier tipo de material plástico, cubiertas de vehículos, colchones, ropas y residuos tóxicos inflamables. Como todo aquello que pueda causar daño directa o indirectamente a seres vivos o contaminar el suelo, la atmósfera o el ambiente en general como pilas, restos de plaguicidas, aerosoles, recipientes de embalajes al vacío. 
  • Causar molestias al vecindario mediante humo, calor, luminosidad, vibraciones, gases, olores o por actividad molesta realizada por acciones gremiales, sociales u otras actividades relacionadas con paros, piquetes, cortes de rutas, de calles, de avenidas. 
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