Secciones

Written by 7:35 pm Información General, Política

Exceptuados, sanciones y las multas vigentes por no votar

ausencia al votar

Quiénes están exceptuados de concurrir a las urnas y qué pasa si no se cumplen las disposiciones.

Este domingo 19 de noviembre se llevó a cabo la segunda vuelta electoral para saber qué candidato ocupará el sillón de Rivadavia a partir del 10 de diciembre.

Como en cada convocatoria a elecciones, el voto es obligatorio, quienes no concurran a las urnas recibirán sanciones si no justifican su ausencia. Sin embargo, hay algunas personas que están exceptuadas de votar.

Los exceptuados a la obligación del voto son:

  • Personas mayores de 16 y menores de 18 años.
  • Personas mayores de 70 años.
  • Jueces y auxiliares que se encuentren en funciones durante la elección.
  • Quienes vivan a más de 500 kilómetros del lugar de votación y posean una justificación válida que les impida el traslado.
  • Personas enfermas o imposibilitadas de ejercer el sufragio por motivos de fuerza mayor. En este caso también se deberá presentar una justificación.
  • Personal que integre organismos o empresas de servicios públicos que cumplan funciones durante el día de la elección.

Multas por no votar

Los mayores de 18 años y menores de 70, si no pueden justificar la ausencia ante la Justicia Nacional Electoral, deberán pagar una multa económica, y serán incorporados al Registro de Infractores.

El artículo 125 de la Constitución Nacional establece que: “Se impondrá una multa de $50 a $500 al elector mayor de 18 y menor de 70 años que dejaré de emitir su voto y no justifique ante la Justicia Nacional Electoral dentro de los sesenta días de la respectiva elección”.

De esta manera, las multas por no votar son las siguientes (el monto aún no fue modificado por la inflación):

  • Si el elector no tiene infracciones previas sin regularizar: $ 50.
  • Si el elector tiene 1 infracción previa sin regularizar: $ 100.
  • Si el elector tiene 2 infracciones previas sin regularizar: $ 200.
  • Si el elector tiene 3 infracciones previas sin regularizar: $ 400.
  • Si el elector tiene 4 o más infracciones previas sin regularizar: $ 500.

El ciudadano que no abona la multa queda incorporado al Registro de Infractores al Deber Votar.

Por otro lado, no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección y no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.

Dónde consultar

Para conocer las multas pendientes, se deben seguir los siguientes pasos:

  • Ingresar a infractores.padron.gov.ar;
  • Indicar DNI, género y distrito electoral;
  • Verificar Captcha;
  • Seleccionar “Consultar”.

Foto de portada: Lautaro Barrientos.

(Visited 67 times, 1 visits today)
Close

Add to Collection

No Collections

Here you'll find all collections you've created before.