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Daniel Behler cuestionó la constitucionalidad del DNU sobre la Ley de Tierras y recalcó que la Corte no resolvió el tema de fondo  

El subsecretario de Gobierno, Asuntos Registrales y Tierras de Misiones cuestionó que la Corte Suprema rechazara el planteo sin analizar la constitucionalidad del DNU 70/2023. El funcionario explicó que una eventual declaración de inconstitucionalidad podría alcanzar a todo el decreto y no solo a la derogación de la Ley de Tierras.

El subsecretario de Gobierno, Asuntos Registrales y Tierras de Misiones, Daniel Behler, cuestionó a la Corte Suprema por no pronunciarse sobre la constitucionalidad del DNU 70/2023, que derogó la Ley 26.737 de Tierras Rurales. El funcionario sostuvo que el máximo tribunal centró su decisión en la falta de legitimación de la asociación que presentó el planteo y dejó sin resolver la discusión sobre la validez del decreto: “La Corte dice que la asociación de excombatientes no está legitimada, pero en realidad no se pronuncia sobre el tema de fondo”. Según explicó, una eventual declaración de inconstitucionalidad del DNU tendría un alcance mayor al artículo que derogó la Ley de Tierras.

Daniel Behler – LT 17 Radio Provincia de Misiones

“Si la Corte llegara a decir que el DNU es inconstitucional, no solamente cae la derogación de la ley 26.737, sino todo el DNU”, sostuvo el funcionario. Behler también explicó el funcionamiento de las declaraciones de inconstitucionalidad dentro del sistema judicial argentino y señaló que, en principio, sus efectos alcanzan a quien presenta el planteo, y que los casos de alcance colectivo requieren una legitimación específica.

En ese marco, detalló que la asociación de excombatientes planteó la defensa de la soberanía nacional como un derecho colectivo y pidió que una eventual declaración tuviera efecto erga omnes, es decir, para todas las personas. Según Behler, el juez de primera instancia rechazó esa posibilidad porque el estatuto de la entidad refiere a la soberanía de las Islas Malvinas y del Atlántico Sur, pero no a la soberanía nacional en general.

Jueces de la Corte Suprema: Horacio Rosatti, presidente; Carlos Rosenkrantz, vicepresidente; y Ricardo Lorenzetti, ministro.

Fortalecen el planteo sobre la falta de legitimidad del DNU 70/2023

El funcionario también puso el foco en las condiciones que habilitan al Poder Ejecutivo a dictar un Decreto de Necesidad y Urgencia. Explicó que este mecanismo responde a situaciones en las que la urgencia impide esperar el trámite legislativo y señaló que la Cámara de Apelaciones consideró que ese requisito no se cumplía en este caso.

Según Behler, la Cámara sostuvo que no existía una urgencia que justificara la derogación de la Ley de Tierras mediante un DNU. La instancia de apelación había considerado que el Ejecutivo podía recurrir al trámite legislativo ordinario para modificar la normativa.

El fallo de la Corte Suprema revocó esa sentencia de la Cámara Federal de La Plata, que había declarado inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/2023. Ese artículo derogó la Ley 26.737, conocida como Ley de Tierras Rurales, que establecía restricciones para la titularidad extranjera de tierras rurales.

Passalacqua instruyó a la Fiscalía de Estado a resguardar el territorio misionero

El gobernador Hugo Passalacqua se convirtió en el primer gobernador en expedirse sobre el fallo de la Corte Suprema y, en ese marco, instruyó al Fiscal de Estado de Misiones a iniciar las acciones judiciales que correspondan para defender los derechos e intereses de la provincia frente a la derogación de la Ley 26.737, conocida como Ley de Tierras Rurales. La medida quedó formalizada mediante el Decreto N.º 1935, firmado el 2 de octubre de 2026, que habilita a la Fiscalía a actuar “en las oportunidades y por las vías que resulten técnicamente más oportunas”.

“Fiel a la postura que siempre sostuvimos en defensa de nuestro territorio y recursos naturales, y ante el reciente fallo de la Corte Suprema que habilita la libre adquisición de tierras a extranjeros, instruí al Fiscal de Estado a iniciar las acciones judiciales pertinentes para resguardar los derechos de Misiones en cada oportunidad y por todas las vías correspondientes”, expresó Passalacqua.

El decreto establece que las acciones deberán buscar hacer valer y defender los derechos e intereses del Estado provincial que pudieran verse afectados por la derogación de la Ley 26.737. En ese marco, el Decreto N.º 1935 señala que el artículo 154 del DNU 70/2023 derogó la normativa que establecía un régimen de protección sobre la propiedad, posesión o tenencia de tierras rurales.

En sus fundamentos, el Gobierno provincial sostiene que la vigencia del artículo 154 impacta sobre la autonomía y la soberanía territorial, las finanzas públicas y el entramado económico-social de Misiones, además de mencionar el control de los recursos naturales y cuestiones de seguridad provincial y municipal. Con esta instrucción a la Fiscalía de Estado, Passalacqua dispuso una vía institucional para que la Provincia plantee judicialmente la defensa de esos intereses, en línea con el planteo de Behler sobre la necesidad de que se defina la validez constitucional del DNU 70/2023.

Marcos Otaño ©

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