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Written by 11:10 am aaa Módulo B, Sociedad, Turismo

Desde el lunes, guías turísticos de parques nacionales podrán digitalizar sus trámites

Nación aprobó el nuevo Reglamento de Guías de las Áreas Protegidas Nacionales para digitalizar y simplificar los procesos de inscripción de prestadores turísticos. Se informó en el Boletín Oficial.

La Administración de Parques Nacionales (APN) oficializó, mediante la Resolución 267/2025 publicado este viernes en el Boletín Oficial, que a partir del 15 de septiembre todos los trámites vinculados a guías, empresas turísticas y permisos en áreas protegidas deberán realizarse únicamente en forma digital a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

Quedaron eliminados los procedimientos presenciales o en papel, sin validez legal ni administrativa. La medida implica la creación y funcionamiento obligatorio de tres registros electrónicos integrados al Registro Legajo Multipropósito (RLM): el Registro de Guías, el de Prestadores Turísticos y el de Permisos Turísticos de Parques Nacionales.

Además, la resolución establece la obligatoriedad de utilizar el Registro Nacional de Autorizaciones, Recaudaciones e Infracciones (ReNARI) como sistema único para registrar cobros, liquidaciones e infracciones. Todas las operaciones deberán estar vinculadas electrónicamente para ser auditables y transparentes.

El incumplimiento de esta normativa será considerado infracción grave o actividad ilegal dentro de las áreas protegidas, con sanciones que incluyen multas, clausuras, inhabilitaciones y denuncias administrativas o judiciales.

La implementación se enmarca en las leyes de firma digital y de modernización del Estado nacional, y busca fortalecer el control del turismo en los parques nacionales, garantizando trazabilidad y transparencia en la actividad.

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