La controversia en torno a la Ley de Tierras Rurales se reactivó luego de que la Corte Suprema revocara, a fines de septiembre, un fallo que había frenado su derogación mediante el DNU 70/2023. El 9 de octubre, el máximo tribunal suspendió provisoriamente el artículo que eliminaba ese régimen y restableció temporalmente las restricciones a la titularidad extranjera de tierras rurales.
En Misiones, la discusión trasciende el alcance jurídico de la norma y se vincula con el modelo de desarrollo productivo de la provincia. La agricultura familiar, las chacras y las economías regionales dependen de condiciones que permitan sostener el trabajo de los productores locales, el arraigo rural y la actividad económica en las distintas localidades.
El gobernador Hugo Passalacqua expresó su postura en defensa de la tierra como recurso estratégico y fue el primero en avanzar con una medida institucional concreta: el 2 de octubre, mediante el Decreto N.º 1935, instruyó a la Fiscalía de Estado a promover las acciones legales necesarias frente a la derogación de la Ley de Tierras Rurales. La iniciativa se enmarca en la defensa de un modelo de desarrollo que contemple el valor social, económico y productivo de la propiedad rural, de la que miles de familias misioneras dependen como fuente de trabajo, tradición familiar y sustento de sus proyectos de vida.
En este contexto, la Ley de Tierras puede entenderse como una herramienta para debatir los mecanismos de protección de los productores locales, y también para evitar una mayor concentración de la propiedad rural, así como para preservar las condiciones necesarias con el objetivo de que las comunidades puedan sostener sus actividades productivas.
La tierra como sostén del trabajo rural y la producción misionera
La postura del Gobierno provincial se sustenta en una realidad concreta. En Misiones la yerba mate, té, tabaco, horticultura y distintas actividades de la agricultura familiar no solo generan ingresos y empleo, sino que también sostienen la actividad comercial, el arraigo rural y la identidad de numerosas localidades. En este contexto, la regulación de la propiedad de las tierras rurales adquiere una dimensión estratégica: la posibilidad de preservar las unidades productivas, evitar una mayor concentración territorial y sostener las condiciones de trabajo de las familias rurales.
A su vez, esa defensa implica proteger la capacidad de las comunidades para generar alimentos, agregar valor en origen y mantener circuitos económicos que distribuyen oportunidades en el territorio provincial. Por eso, la discusión sobre la Ley de Tierras no se limita a quién puede adquirir una propiedad, sino que también plantea qué modelo de desarrollo se busca consolidar y qué condiciones necesitan los productores para continuar trabajando y proyectando su futuro.
Una provincia con características territoriales estratégicas
Uno de los principales argumentos del Gobierno misionero está relacionado con la ubicación geográfica de la provincia. Más del 90% de sus límites corresponden a fronteras internacionales. Se trata de una particularidad que refuerza la relevancia de las decisiones vinculadas con el uso y la titularidad de la tierra. A esta condición se suma la riqueza de sus recursos naturales y su biodiversidad, elementos que forman parte de un patrimonio ambiental de importancia nacional.
Desde la perspectiva provincial, la derogación de la Ley de Tierras puede tener consecuencias que van más allá del mercado inmobiliario. El Decreto N.º 1935 señala posibles impactos sobre la autonomía y la soberanía territorial, las finanzas públicas, el entramado económico y social, el control de los recursos naturales y cuestiones relacionadas con la seguridad provincial y municipal.
En ese marco, Passalacqua sostuvo que Misiones no puede permanecer al margen de una discusión que involucra la protección de su suelo y los intereses de las generaciones presentes y futuras. Con la intervención de la Fiscalía de Estado se buscó, precisamente, establecer las vías jurídicas más adecuadas para defender esos intereses, en función de las competencias y herramientas legales disponibles.
Qué establece la Ley de Tierras Rurales
La Ley Nacional 26.737, sancionada en 2011, establece un régimen de protección de la propiedad, posesión y tenencia de tierras rurales, con límites a la titularidad extranjera. Entre sus disposiciones contempla un máximo general del 15% para la titularidad extranjera de tierras rurales en los niveles nacional, provincial y departamental, además de otros mecanismos regulatorios.
Sin embargo, el artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, impulsado por la administración de Javier Milei, dispuso la derogación de ese régimen y abrió una controversia judicial sobre los alcances de la desregulación.
Recientemente, la Corte Suprema de Justicia de la Nación quedó en el foco de conflicto al intervenir con resoluciones directas sobre la Ley de Tierras. A fines de septiembre, la decisión revocó el fallo que había frenado el artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/23 y restableció sus efectos. De esa manera, volvía a quedar en vigencia la disposición que eliminó el régimen de restricciones a la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros.
Sin embargo, esta semana, la Corte dio marcha atrás sobre su decisión, suspendió el artículo del DNU 70/23 que derogaba la Ley de Tierra y restableció de manera provisoria las restricciones a la venta de tierras a extranjeros.
Respaldo jurídico y político a la defensa de la Ley de Tierras
El ministro de Agro y la Producción de Misiones, Facundo López Sartori, se pronunció para destacar las gestiones llevadas adelante por el Ejecutivo provincial y afirmó que “la firme defensa de nuestra soberanía territorial, impulsada por el gobernador Passalacqua, fue clave para instalar este debate. Misiones se anticipó con acciones concretas y hoy la Corte vuelve a suspender la derogación de la Ley de Tierras. Defender lo nuestro es defender el futuro”.
La estrategia judicial para defender el territorio misionero también recibió el respaldo de Florencia Gómez Gallisi, especialista en Derecho Registral e Inmobiliario y primera directora del Registro Nacional de Tierras Rurales, quien participó en la puesta en funcionamiento de la Ley 26.737. En declaraciones a Canal Doce, la profesional consideró que Misiones cuenta con fundamentos para intervenir en la controversia nacional y defender sus intereses territoriales.
Entre los argumentos, Gómez Gallisi recordó que el artículo 124 de la Constitución Nacional reconoce el dominio originario de los recursos naturales a las provincias, un principio relevante para fundamentar acciones orientadas a su protección. Además, distinguió entre la adquisición de propiedades individuales y la compra de grandes extensiones en zonas estratégicas, y señaló que Misiones participó activamente en los relevamientos previos a la implementación de la ley. Según los datos que mencionó, cerca del 10% de la superficie rural provincial estaría en manos extranjeras, por debajo del límite general del 15% previsto por la normativa.
Arraigo rural y futuro de las economías regionales
La discusión sobre la Ley de Tierras también involucra la continuidad de las familias que viven y trabajan en las chacras misioneras. Las pequeñas unidades productivas sostienen buena parte de las economías regionales, generan empleo, abastecen los mercados y dinamizan el comercio local. Su permanencia también contribuye al arraigo rural y a la transmisión de conocimientos y prácticas productivas entre generaciones.
La defensa de esas actividades requiere políticas públicas integrales que incluyan acceso a la tierra, financiamiento, asistencia técnica, infraestructura, mejores condiciones de comercialización y herramientas que favorezcan la industrialización en origen. A su vez, el arraigo depende de que las nuevas generaciones encuentren oportunidades para permanecer en sus comunidades y desarrollar proyectos sostenibles.
Desde esa perspectiva, la protección territorial y el fortalecimiento de las economías regionales son dimensiones complementarias de una misma política de desarrollo: una busca preservar el recurso que sostiene la producción y la otra procura garantizar que ese recurso se traduzca en trabajo, ingresos y bienestar para la población.
Cronología judicial de la Ley de Tierras en Argentina
- Diciembre de 2011 – Sanción de la Ley de Tierras (Ley 26.737): El Congreso aprueba la norma para proteger los recursos estratégicos (como el agua dulce). Establece que las personas o empresas extranjeras no pueden poseer más del 15% de las tierras rurales a nivel nacional, provincial y municipal, fijando además un límite de mil hectáreas por titular en la denominada “zona núcleo” productiva.
- 21 de Diciembre de 2023 – Derogación por el DNU 70/2023: A pocos días de asumir la presidencia, Javier Milei firma el mega Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023. Su artículo 154 deroga por completo la Ley de Tierras, eliminando todos los topes y restricciones para el capital extranjero.
- Enero – Marzo de 2024 – Primer freno judicial y rechazo del Senado: El Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (Cecim) de La Plata presenta un amparo colectivo. La Cámara Federal de La Plata declara la inconstitucionalidad del artículo 154 y frena la derogación. Paralelamente, en marzo de 2024, el Senado de la Nación vota en rechazo del DNU 70/2023 (aunque el decreto siguió vigente al no ser rechazado aún por la Cámara de Diputados).
- Julio – Agosto de 2026 – Fracaso del intento legislativo: Ante las trabas en la justicia, el Poder Ejecutivo intenta modificar el régimen mediante el Congreso dentro de la llamada “Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada”. El proyecto proponía elevar el tope de extranjerización del 15% al 25%. Sin embargo, ante la fuerte resistencia social y la falta de apoyo de los gobernadores provinciales, el oficialismo tuvo que retirar el capítulo de tierras para evitar una derrota legislativa.
Fallos de la Corte Suprema y vigencia actual
- 29 de Septiembre de 2026 – Fallo técnico de la Corte Suprema: La Corte Suprema revoca la sentencia de la Cámara de La Plata que favorecía al Cecim. Con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, los jueces determinan que el centro de excombatientes no tiene “legitimación procesal” para demandar (argumentando que la soberanía no constituye un bien de incidencia colectiva para un amparo). Al caer esa cautelar específica, el DNU vuelve a cobrar fuerza y la Ley de Tierras queda técnicamente derogada por unos días.
- 9 de Octubre de 2026 – Giro judicial y restitución de los límites: Ante una oleada de críticas y la vigencia de otros expedientes paralelos, la Corte Suprema realiza una sesión de urgencia. Con los votos de Rosatti, Lorenzetti y dos conjueces (y la disidencia de Rosenkrantz), la Corte admite un recurso de la Asociación Civil Árbol de Pie y comunidades mapuches. El tribunal dispone la suspensión interina del artículo 154 del DNU, restableciendo de forma provisoria la Ley de Tierras debido a la sensibilidad del daño ambiental.

