La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dejó sin efecto la suspensión de 82 artículos de la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional y restituyó su vigencia mientras continúa la discusión judicial de fondo.
La decisión tomada por la Sala VIII del tribunal, integrada por la jueza María Dora González y el juez Víctor Arturo Pesino, al otorgar efecto suspensivo a la apelación presentada por el Estado nacional contra la medida cautelar que había impulsado la CGT.
De esta manera, quedó sin efecto la resolución del juez Raúl Horacio Ojeda, quien había frenado la aplicación de parte de la Ley 27.802, sancionada y publicada en marzo, tras considerar que existían elementos suficientes para analizar un posible perjuicio sobre derechos laborales y sindicales.
La Cámara resolvió que, al tratarse de una cautelar que suspendía parcialmente una ley, debía aplicarse lo previsto en el artículo 13 inciso 3 de la Ley 26.854, que establece que la apelación del Estado debe concederse con carácter suspensivo. Esto significa que los artículos cuestionados vuelven a regir de manera inmediata mientras se tramita la apelación presentada por el Gobierno nacional.
La Justicia definirá si los artículos cuestionados se mantienen
La CGT había solicitado la suspensión al considerar que la reforma introducía “modificaciones peyorativas y permanentes” sobre derechos individuales y colectivos de los trabajadores, con impacto sobre garantías constitucionales como la protección del trabajo, la libertad sindical y el principio de progresividad.
En su fallo inicial, Ojeda había señalado que existía una “apariencia razonable” del derecho invocado por la central obrera y sostuvo que no era necesaria una certeza absoluta para dictar la medida cautelar.
También reconoció la legitimación de la CGT para impulsar la acción colectiva, al entender que se trataba de derechos de incidencia colectiva vinculados al ámbito laboral. Además, el magistrado advirtió que las disposiciones impugnadas podían generar una “desprotección” de los trabajadores y afectar la libertad sindical y la acción colectiva.
Tras la nueva resolución judicial, el presidente Javier Milei celebró la restitución de la norma a través de su cuenta oficial en X, donde afirmó: “No podrán detener el crecimiento que se viene para el país”. Con esta decisión, la reforma laboral recupera plena vigencia mientras continúa el proceso judicial que definirá si los artículos cuestionados se mantienen de forma definitiva o vuelven a ser revisados por la Justicia.

