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Written by • 10:40 am• Agro y Producción

Llevan a la Justicia una designación del Inym por vicios de forma, incompatibilidad y falta de transparencia

Las designaciones impulsadas por Rodrigo Correa, alineado al gobierno de Javier Milei, suman más irregularidades.

Llevan a la Justicia el concurso del Inym por vicios de forma, incompatibilidad y falta de transparencia

Crece la tensión en el Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym) tras la polémica por una serie de designaciones clave promovidas por su presidente, Rodrigo Correa, alineado con el gobierno de Javier Milei.

Nicolás Silvero, abogado, contador público y uno de los participantes del concurso para el cargo de Auditor Interno, presentó una medida cautelar autónoma ante el Juzgado Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de Posadas. El recurso, de 33 páginas, solicita la suspensión inmediata de los efectos de la Resolución 109/2026, mediante la cual el Directorio del Inym aprobó el nombramiento de Sebastián Pratto en dicha área.

La acción judicial busca impedir la toma de posesión del cargo hasta que el organismo resuelva la reconsideración interpuesta contra el proceso de selección. Asimismo, en caso de que el nombramiento ya se haya concretado, Silvero solicita el apartamiento provisorio de Pratto de sus funciones de fiscalización.

La controversia se amplifica porque el traspaso de Pratto (quien se desempeñaba en la Gerencia General) a la Auditoría Interna dejaría el terreno libre para la incorporación de Rosana Biale en la Gerencia. Su posible llegada genera un fuerte rechazo en el Gobierno de Misiones y en las asociaciones de productores, debido a su cercanía con la industria yerbatera y a un litigio laboral previo contra el Inym por el que cobró casi 50 millones de pesos.

Irregularidades en el concurso público

Silvero fundó su pedido ante la Justicia Federal en las severas irregularidades detectadas durante el procedimiento de selección:

Una de las observaciones son los vicios de forma e inconsistencias temporales. El llamado a concurso se difundió los días 16 y 18 de julio, pero la Resolución 77/2026 -que aprobó formalmente el perfil del puesto y los requisitos- recién se dictó el 30 de julio. Es decir, la convocatoria se inició antes de fijar las reglas definitivas de evaluación.

Otro planteo es la falta de criterios claros. La convocatoria omitió detallar puntajes, ponderaciones de antecedentes, metodología de selección y la integración de una comisión técnica evaluadora.

También se objeta la falta de documentación de respaldo. De los 21 postulantes, 12 fueron admitidos y 11 pasaron a la etapa de entrevistas el 25 de agosto. Sin embargo, al revisar el expediente, Silvero constató la ausencia de planillas de puntuación, evaluaciones individuales o fundamentaciones que explicaran la elección de los finalistas.

En la misma línea, se indica conflicto de intereses en el área organizadora: El informe de Recursos Humanos -área encabezada por Edit Posdeley, figura cercana a Correa y presunta propietaria de la consultora externa a cargo de la convocatoria- ubicó en primer lugar a Pratto, en segundo a Marcelo Williams Otto (empleado del organismo) y en tercero a Silvero, sin asignar puntaje numérico alguno.

Asimismo, se señala incompatibilidad del auditor subrogante. Otto, a pesar de desempeñarse como auditor interno subrogante y participar como concursante, firmó el acta de apertura de sobres el 10 de agosto, sin que se establecieran mecanismos documentados para garantizar la transparencia del proceso.

A pesar de estas objeciones, la Resolución 109/2026 dejó asentado que Pratto no intervino en la evaluación ni en la votación del Directorio, aprobando su nombramiento con siete votos a favor, tres para Otto y dos abstenciones.

Auditando su propia gestión

El planteo judicial hace especial hincapié en las limitaciones operativas que enfrentaría Pratto al asumir. La propia resolución le exige abstenerse de auditar actos administrativos, contrataciones, pagos y procedimientos dictaminados durante su gestión al frente de la Gerencia General.

Estas restricciones incluyen los estados contables del ejercicio 2026, lo que obligaría al Directorio a recurrir a la Sindicatura o a un auditor independiente para dichas tareas. Silvero sostiene que estas inhibiciones estructurales debieron ser un factor determinante en la evaluación frente a otros profesionales sin incompatibilidades previas.

Tiempos administrativos e impugnación

Silvero también cuestionó la dilatación de los plazos para resolver las impugnaciones. Tras acceder al expediente el 13 de octubre, presentó un recurso de reconsideración el 16 y amplió los fundamentos el 20 del mismo mes. Sin embargo, al día siguiente, el abogado del Inym, Esteban Aquino, le notificó que las actuaciones permanecerían en Recursos Humanos hasta el vencimiento de los plazos legales, sosteniendo que la resolución impugnada mantenía plena vigencia. Según el querellante, este proceder busca consolidar la asunción de Pratto antes de que el Directorio deba expedirse.

En el centro de las críticas también se ubica el propio Aquino, quien habría promovido que los Directores del Inym acepten el acuerdo económico favorable a Biale que derivó en el pago de 50 millones de pesos, desoyendo el criterio de la entonces abogada laboralista del organismo. Asimismo, se reprocharía una posible convivencia profesional previa entre Aquino y el letrado querellante de Biale durante el transcurso de ese pleito.

Los vínculos políticos e industriales de Rosana Biale

Sumado a esto, según publicó el diario Primera Edición, un telegrama fechado el pasado lunes hacia el Ministerio de Producción de Corrientes revelaría que Biale renunció a un vínculo laboral con esa dependencia provincial para poder asumir la Gerencia General del Inym.

Biale, quien ejerció la misma Gerencia hasta 2021 cuando fue suspendida y posteriormente se dio por despedida, suma así nuevos cuestionamientos. A sus históricos vínculos con los sectores industriales más concentrados de la actividad -como la Cooperativa de Colonia Liebig y la empresa Las Marías- se añade ahora su nexo formal con el Gobierno correntino.

Estas relaciones comprometen la imparcialidad requerida para el cargo, cuya función esencial es equilibrar las condiciones de desarrollo de toda la cadena yerbatera, garantizando la protección de los eslabones más vulnerables -productores y tareferos- frente al sector industrial.

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