El programa “El Periodista” de Canal Doce entrevistó al juez de Violencia Familiar N.° 1, Alfredo Olmo Herrera, luego de que la abogada Viviana Cassoratti, especialista en derecho de familia, advirtiera en el mismo programa sobre denuncias falsas que perjudican a hombres en casos de violencia familiar. La letrada había manifestado que muchos jueces, muy livianamente, apartan al hombre del hogar, apartan al hombre de los chicos, y no investigan mucho. Inclusive, que estas medidas se adoptaban incluso en contextos sin suficiente prueba. Olmo Herrera fue consultado sobre esta problemática y respondió en detalle desde su rol en el fuero.
Durante la entrevista, el magistrado respondió que “existen falsas denuncias, siempre lo hubieron. Siempre existieron personas que trataron de aprovecharse de un sistema que fue creado para proteger a víctimas y a personas vulnerables”. Señaló además que “esto es más un problema de esas personas. Personas, que sin ningún tipo de esparpajo y de límite, utilizan a veces el concurso de profesionales del derecho, profesionales de la psicología, y pueden llegar a armar este tipo de denuncias”.
Los límites y funciones del fuero de violencia familiar
Consultado sobre las medidas que pueden tomarse desde el fuero ante casos de manipulación o denuncias falsas, el juez explicó que “en materia de violencia familiar, nuestra tarea es ante la denuncia eventual adoptar. Sobre todo, tras haber hecho una evaluación de riesgo, las medidas cautelares que nosotros consideramos necesarias para proteger a las posibles víctimas”. También señaló que “el artículo 245 establece una pena para el delito de falsa denuncia. Podemos estar de acuerdo o no con el monto de la pena. Es relativamente bajo: de dos meses a un año”.
En relación con la Cámara Gesell, herramienta utilizada para tomar declaración a menores, el juez dio cuenta que el dispositivo fue “realmente fue un progreso inmenso para el sistema judicial de la provincia de Misiones”. Agregó que este procedimiento “permite que el niño, en un ámbito de relativa privacidad y con un solo profesional que es un licenciado en psicología, pueda en total libertad. En especial, sin presión alguna efectuar su relato”. Añadió que “esto está bajo el control de las partes. Desde el propio juez, el defensor de menores y el propio imputado con su defensa técnica”.
El magistrado respondió a las críticas de Cassoratti sobre la Cámara Gesell
Al responder a las críticas de Cassoratti, quien había dicho que la Cámara Gesell no deriva en algo realmente certero, el funcionario judicial explicó que “la persona que está entrevistando a la niña, niño o adolescente lo hace con una entrevista previa donde se le explica en qué va a consistir la entrevista. La propia psicóloga evalúa si ese niño está en condiciones de declarar, incluso si evolutivamente tiene las herramientas para poder expresarse”.
Sobre la falta de peritos de parte en algunas causas, respondió que “esa es responsabilidad de la defensa técnica del imputado. No es una obligación del Estado, porque el perito de parte, justamente por eso se llama así, es de parte”. También aclaró que el protocolo vigente para Cámara Gesell, en uso desde 2017, establece todos los pasos y controles necesarios para la declaración de los menores.
Las medidas cautelares pueden ser modificadas
Ante la consulta sobre la adopción automática de medidas como la exclusión del hogar, el juez explicó que “con la sola denuncia y con el relato contenido en esa denuncia, a partir de una evaluación de riesgo que hacen los equipos ya estamos no solo habilitados, sino que casi tenemos el deber de adoptar medidas cautelares”. Precisó que “esas medidas son provisorias. Tienen una duración específica que puede ser tres meses, seis meses, pueden ser renovadas”.
Sobre la posibilidad de modificar las medidas ante nuevas pruebas, señaló que “tenemos muchos casos donde tras haberse dictado la exclusión del presunto agresor. Algo que con el tiempo, tras la declaración de los hijos adolescentes, de los vecinos, o de otros familiares, surge que los hechos que se le habían imputado a ese agresor no eran tales y hemos revocado esas medidas”.
El impacto de las medidas cautelares en los varones denunciados
Consultado sobre el impacto que estas medidas pueden tener en hombres denunciados falsamente, el letrado indicó que “la afectación que sufren los hombres cuando son excluidos o cuando deben soportar una medida cautelar se exacerba por estas cuestiones también de género”. Explicó que esto también es una consecuencia de construcciones sociales que asignan roles diferenciados por género.
Sin embargo, aclaró que “siempre una medida cautelar tiende a proteger a las víctimas. La falsa denuncia es una excepcionalidad. Es una eventualidad que puede presentarse si se presentara. Pero el Estado adoptó las medidas anteriores, es preferible eso que un escenario donde se le exija a la víctima demostrar en demasía la responsabilidad del agresor y que eso termine en un daño peor a su integridad física, incluso su vida”.

