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Written by 10:42 am Política

Con el voto de los renovadores Arce y Rojas Decut, el Senado rechazó el veto a la ley de ATN

Los senadores misioneros de la Renovación Carlos Arce y Sonia Rojas Decut votaron rechazando el veto presidencial a la ley de ATN. La norma busca garantizar un reparto federal, automático y transparente de los fondos para fortalecer el desarrollo de la provincia.

Con el voto de los senadores renovadores, el Senado de la Nación rechazó este jueves el veto presidencial a la ley que establece la distribución automática y diaria de los Aportes del Tesoro Nacional (ATN) para las provincias y la Ciudad de Buenos Aires. Ahora, la discusión se traslada a la Cámara de Diputados.

La norma modifica la ley permanente de Presupuesto (11.672) para que los recursos del Fondo de ATN sean considerados parte de la masa coparticipable y, por lo tanto, se distribuyan de forma automática, sin la discrecionalidad del Ejecutivo nacional. El objetivo es garantizar un reparto transparente que permita a las provincias contar con estos fondos de manera permanente.

En el caso de Misiones, los senadores Carlos Arce y Sonia Rojas Decut votaron en rechazo al veto, al reafirmar la postura de que los recursos generados en la provincia regresen para fortalecer áreas clave como salud, educación, infraestructura, viviendas y desarrollo local.

Vale recordar que esta ley fue diseñada por los gobernadores y firmada por todos ellos, incluido Hugo Passalacqua, quien además fue uno de los autores de la iniciativa. El gobernador impulsó la discusión con el argumento de que se trata de recursos genuinamente provinciales y no de un reparto discrecional de fondos nacionales.

Con esta decisión, el Senado con el acompañamiento del misionerismo dejó en claro que la prioridad es garantizar el federalismo y reducir el aislamiento del Ejecutivo en su negativa a compartir recursos y generar consensos. Ahora será la Cámara de Diputados la que defina si las provincias recuperan de manera automática lo que les corresponde por ley.

Otras iniciativas tratadas durante la sesión del Senado

Continuando con la sesión, el Senado dio media sanción a un proyecto que agrava penas por accidentes viales. Además, aprobaron el proyecto para detectar tempranamente la atrofia muscular espinal. Y a dos años de la media sanción, la Cámara alta sancionó la Ley Nicolás .

La Cámara de Senadores aprobó por unanimidad (66 votos a favor) una reforma al Código Penal para endurecer las penas en casos de siniestros viales con agravantes. Ahora, deberá tratarse en la Cámara de Diputados.

El proyecto surgió de un consenso entre proyectos de Victoria Huala (Pro) y Beatriz Ávila (PJS), de Anabel Fernández Sagasti (UP) y del exsenador sanjuanino Roberto Basualdo.

El texto propone penas de hasta 12 años de prisión e inhabilitación para conducir cuando concurran factores como consumo de alcohol o drogas, exceso de velocidad o fuga del lugar del hecho.

La iniciativa que obtuvo media sanción modifica el artículo 84 bis del Código Penal que regula el homicidio por conducción de un vehículo con motor. Añade a la descripción de la conducta típica la impericia en la conducción del vehículo.

Además, incrementa las penas del tipo agravado: de 4 a 8 años en lugar de 3 a 6, con inhabilitación especial por el doble de tiempo de la condena.

También añade a las circunstancias agravantes ya existentes (darse a la fuga o no socorrer a la víctima, estar bajo efecto de estupefacientes o alcohol, o que haya más de una víctima fatal) las siguientes conductas de la persona que maneja: haber consumido medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir; tener alcoholemia mayor a cero; exceder en un 30% la velocidad máxima; no estar habilitado para conducir el vehículo involucrado; estar manipulando equipos móviles de comunicación al conducir; y cruzar las vías del tren sin tener el paso habilitado.

En el mismo artículo 84 bis se prevé la pena agravada de 5 a 12 años e inhabilitación especial por el doble de tiempo de la condena para el caso en que se presenten en conjunto tres o más agravantes de las mencionadas.

El proyecto también introduce modificaciones similares en el artículo 94 bis, que regula las lesiones culposas por conducción de un vehículo con motor. También introduce un tipo agravado, con prisión de 3 a 6 años e inhabilitación especial por el doble de tiempo de la condena, para el caso en que se diesen en conjunto tres o más circunstancias agravantes.

La salud también fue parte del debate

El Senado de la Nación le dio media sanción este jueves a una modificación de la Ley de Régimen para la detección y posterior tratamiento de patologías den el recién nacido, incorporando la atrofia muscular espinal.

La aprobación se consiguió por 70  votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones. Impulsada por la senadora de Chubut Edith Terenzi, esta iniciativa modifica el artículo 1 de la ley 26.279 de Régimen para la Detección y Posterior Tratamiento de Determinadas Patologías en el Recién Nacido. Incorpora la atrofia muscular espinal en el listado de enfermedades que deben ser parte de la pesquisa neonatal realizada a todo recién nacido.

La atrofia muscular espinal (AME) es un grupo de enfermedades genéticas raras que afectan principalmente a las neuronas motoras, las células nerviosas encargadas de controlar los movimientos voluntarios del cuerpo como caminar, respirar, tragar y hablar. Estas neuronas se encuentran en la médula espinal y en la parte inferior del cerebro. Cuando estas células mueren o se deterioran, los músculos se debilitan progresivamente y se atrofian.

El proyecto tenía dictamen desde octubre del año pasado y fue reactivado antes de que perdiera estado parlamentario.

En su artículo 1°, este proyecto establece que “a todo niño/a al nacer en la República Argentina se le practicarán las determinaciones para la detección y posterior tratamiento de fenilcetonuria, hipotiroidismo neonatal, fibrosis quística, galactosemia, hiperplasia suprarrenal congénita, deficiencia de biotinidasa, retinopatía del prematuro, chagas, sífilis y atrofia muscular espinal; siendo obligatoria su realización y seguimiento en todos los establecimientos públicos de gestión estatal o de la seguridad social y privados de la República en los que se atiendan partos y/o a recién nacidos/as. Toda persona diagnosticada con anterioridad a la vigencia de la presente ley queda incluida automáticamente dentro de la población sujeta de tratamiento y seguimiento”.

Dado que los presidentes de bancadas acordaron un debate conjunto con el tratamiento de la Ley Nicolás, no hubo otras exposiciones más que la de la senadora chubutense Edith Terenzi, quien señaló que “lograr pesquisar AME va a mejorar la vida de muchos niños y ojalá mucho sean detectados a tiempo porque necesitamos política de Estado en salud pediátrica que siempre va a ser prevenir”.

A dos años de la media sanción, la Cámara alta sancionó la Ley Nicolás. Se trata de la demorada norma también conocida como de Ley de Calidad y Seguridad de la Atención Sanitaria. El proyecto había sido aprobado en la Cámara de Diputados el 7 de diciembre del 2023, previo al recambio legislativo.

El proyecto tuvo 69 votos a favor, 1 en contra y 0 abstenciones. Llamativamente, el único voto negativo fue de la senadora cordobesa Carmen Álvarez Rivero.

La iniciativa tiene como finalidad “asegurar el derecho a una asistencia sanitaria de calidad y segura, centrada en las personas y las comunidades, a través de la definición de un marco jurídico e institucional que promueva la transformación de las pautas culturales, la mejora de las condiciones de la práctica sanitaria, la protocolización y jerarquización de los procesos de atención, la incorporación de herramientas tecnológicas adecuadas, la disminución de daños evitables y el cuidado del marco de trabajo del equipo de salud”.

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