Este viernes, la Justicia de Estados Unidos revocó la condena contra la Argentina por la expropiación de YPF. Fue al dejar sin efecto la sentencia que obligaba al país a pagar más de US$16.100 millones. Es un fallo clave dentro de un proceso iniciado en 2015.
La decisión fue tomada por la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito. Anuló el fallo de primera instancia dictado en 2023 por la jueza Loretta Preska. En esa resolución previa, se había determinado que el Estado argentino debía indemnizar a accionistas minoritarios por supuestas irregularidades en el proceso de estatización de 2012.
Con la nueva resolución, el país evita, en esta etapa, afrontar el pago de la indemnización. Además, el tribunal de apelaciones ratificó que la petrolera no tenía responsabilidad en el proceso, manteniendo su condición de exculpada.
El litigio se originó tras la expropiación del 51% de YPF durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner. Los demandantes incluyeron a las firmas Petersen Energía, Petersen Inversora y el fondo Eton Park, cuyos derechos de litigio fueron posteriormente adquiridos por Burford Capital.
En primera instancia, la jueza Preska consideró que el Estado argentino había incumplido el estatuto de la compañía al no realizar una oferta pública de adquisición (OPA) para el resto de los accionistas, como establece la normativa interna de la empresa.
Tras ese fallo, todas las partes apelaron. En octubre de 2025, la Cámara de Apelaciones escuchó los argumentos en una audiencia en la que participaron los jueces Denny Chin, José Cabranes y Beth Robinson.
Durante la apelación, la defensa argentina sostuvo tres ejes principales. En primer lugar, planteó que el caso debía resolverse en tribunales argentinos, al tratarse de una cuestión vinculada al derecho local. Este argumento ya había sido presentado en instancias anteriores durante las gestiones de Mauricio Macri y Alberto Fernández. Fue retomado bajo la administración de Javier Milei.
El Estado cuestionó la interpretación de la normativa argentina realizada por la jueza de primera instancia. Fue al considerar que aplicó de forma incorrecta principios del derecho societario, administrativo y público.
Por último, de manera subsidiaria, se propuso una reducción del monto indemnizatorio. Según ese planteo, la compensación debía calcularse con el tipo de cambio vigente al momento de la sentencia —en 2023— y no al momento del incumplimiento, en 2012. De haberse aplicado este criterio, la cifra habría descendido a aproximadamente US$4920 millones.
Si bien el fallo de la Cámara representa un cambio sustancial en el proceso, las partes aún tienen la posibilidad de recurrir ante la Corte Suprema de Estados Unidos. No obstante, especialistas en el caso señalan que es poco probable que el máximo tribunal acepte revisar el expediente.
El caso constituye uno de los litigios internacionales más relevantes para la Argentina en materia económica y financiera, tanto por el monto involucrado como por su impacto potencial sobre las cuentas públicas.

