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La ANMAT prohibió un aceite de oliva falsificado de una reconocida marca

El organismo sanitario prohibió la comercialización de un aceite de la marca Nucete apócrifo y reforzó controles sobre productos con registros falsos.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió este jueves a través de su publicación en el Boletín Oficial un aceite de oliva falsificado de una reconocida marca. La medida fue publicada en el Boletín Oficial y formalizó la decisión mediante la Disposición 510/2026.

La norma estableció la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas digitales del producto identificado como: “Aceite de oliva virgen extra, Clásico, marca Nucete, Cont. Neto 500 ml, L. C5-243003, FAB. JUN-2025, VAL. JUN-2026. Elaborado y Fraccionado por San Juan de los Olivos. RNE 18-002065 – San Juan – Argentina. Para: Agro Aceitunera S.A, RNE N° 12000041, RNPA N° 18-012138. Expectación F. de Avila S/N – Aimogasta – La Rioja – Argentina”.

El organismo tomó conocimiento del caso tras una denuncia por irregularidades en el envase. En consecuencia, el Instituto Nacional de Alimentos inició actuaciones para determinar la genuinidad del producto. Los inspectores advirtieron diferencias visibles respecto del envase original.

Luego, el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL notificó a la empresa involucrada. Además, solicitó colaboración para confirmar si el producto resultaba apócrifo y para detallar las diferencias detectadas. El legítimo elaborador informó que no fabricó el producto investigado y que desconoce su procedencia y contenido.

Tras esa confirmación, el área técnica notificó el Incidente Federal en el Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria. También lo incorporó al Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos. De este modo, las autoridades ampliaron la alerta a todo el país.

La ANMAT concluyó que el aceite infringió la normativa por carecer de registros sanitarios y por exhibir datos falsos en el rótulo. Además, consideró que el producto no puede identificarse fehacientemente como elaborado en un establecimiento determinado. Por lo tanto, prohibió su elaboración y venta en todo el territorio nacional.

En enero, la ANMAT adoptó una medida similar contra otro aceite. La resolución 192/2026 alcanzó al producto “Aceite de Oliva extra virgen, marca Tierra de Oliva, RNPA N° 12301246, fabricado y envasado por Establecimiento Los Juárez, Chamical – La Rioja, RNE N° 12310897”. Las autoridades verificaron que los registros exhibidos resultaron inexistentes.

Finalmente, el organismo remarcó que no puede garantizar la inocuidad ni la trazabilidad de productos con datos falsos. Por eso, reforzó los controles y reiteró la prohibición de comercializar artículos con esos números sanitarios.

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