El Gobierno de Misiones oficializó la creación del Registro Provincial de Infractores Ambientales (RePIA) mediante publicación en el Boletín Oficial. La medida tiene por objetivo fortalecer el control y la prevención de daños ambientales, centralizando la información sobre sanciones y reincidencias.
Al respecto se refirió el ministro de Ecología de la provincia, Martín Recaman. Entrevistado por Canal Doce, señaló: “es una herramienta fundamental porque permite unificar todas las infracciones que tenemos en el Ministerio“.
“La variedad y tipo de infracciones que suceden dentro del ambiente son muchas. Lo que hicimos es que esas infracciones que estaban en cada área, unificarlas en un único sistema. Entonces, a través de esto, hoy tenemos la identidad de esa persona o empresa, con toda la información vinculada a todas las infracciones que pueda tener dentro del Ministerio de Ecología“, explicó.
En la misma línea, aclaró que se analiza “todo tipo de infracción. Puede ser algo vinculado a la pesca, fauna, o la contaminación del agua, por ejemplo. Es algo muy amplio porque toma todo los tipos de infracciones que puedan suceder. La infracción es a partir de un sumario que empieza a registrarse, no es a través de un acta. Porque un acta es una presunta infracción. Hasta que eso pase a sumario hay un proceso de evaluación“.

Además, recalcó que la medida “por ejemplo, permite agilizar lo que es un trámite. Porque cuando se inicia un trámite dentro del Ministerio, muchas veces las áreas necesitan saber cuál es la condición de esas personas, si ha tenido infracciones ambientales. Y eso derivaba en consultas de área por área. Hoy esa consulta es simplemente a través de un botón, lo que permite tener toda esa información ordenada, simplificada y con mucha trazabilidad. Entonces, los procesos de esos expedientes comienzan a simplificarse”.
Cómo funcionará el Registro de Infractores Ambientales
El RePIA funcionará en la órbita de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables. Tendrá como función centralizar, organizar y almacenar la información relacionada con incumplimientos a las normas ambientales nacionales o provinciales.
Es decir, la herramienta estará abocada a registrar sanciones impuestas por violar leyes ambientales, sus reglamentos y normas complementarias; registrar y practicar el cómputo de las reincidencias de los infractores; unificar los registros existentes dependientes del Ministerio de Ecología, y coordinar el trabajo con registros similares a nivel provincial o nacional. En la misma línea, podrá emitir el Certificado de Antecedentes de Infracciones Ambientales y proveer de información a organismos competentes para la toma de decisiones.
La reglamentación del Registro establece que deberán formar parte del mismo “todos los expedientes administrativos iniciados por infracciones ambientales, incumplimientos a las normas ambientales nacionales o provinciales”, sin importar su tipo o gravedad, “especialmente los relacionados con las leyes” de Actividad Acuícola, Áreas Naturales Protegidas, Bosques y Tierras Forestales, Impacto Ambiental, Manejo del Fuego, Monumento Natural, Productos Fitosanitarios y Domisanitarios, Protección de la Fauna, Recursos Hídricos, Residuos y Suelos.
Todas las áreas, delegaciones, direcciones y cuerpos de fiscalización del Ministerio, y toda otra entidad pública que imponga sanciones ambientales, tienen la obligación de enviar de forma periódica, completa y actualizada la información necesaria para el registro.
Alcance de la medida
La inscripción en el RePIA impedirá el otorgamiento al infractor de nuevas autorizaciones, habilitaciones, concesiones, permisos, guías y demás instrumentos habilitantes emitidos por el Ministerio de Ecología.
En la misma línea, no permitirá al infractor acceder a programas, acciones asistenciales o de fomento, beneficios o subsidios administrados, implementados o financiados por el Ministerio de Ecología. E imposibilitará gestionar líneas de crédito otorgadas por organismos públicos provinciales vinculados a cuestiones ambientales.
Otro de los alcances de esta medida es que el infractor no podrá recibir incentivos fiscales o deducciones por parte de la cartera provincial, y no podrá integrar cargos en comisiones o mesas de consulta ambiental. Tampoco podrá obtener autorizaciones para investigaciones, actividades, realización de eventos culturales, turísticos o recreativos en Áreas Naturales Protegidas. Y estará suspendida su inscripción en el Registro Provincial de Consultores en Estudios de Impacto Ambiental.
La inscripción del infractor en el Registro permanecerá 3 años a partir de la fecha de su cumplimiento total, y en caso de reincidencia, 4 años.

