La causa por la deuda impositiva de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) sumó un nuevo capítulo este miércoles. El fiscal general ante la Cámara en lo Penal Económico, Gabriel Pérez Barberá, dictaminó que deben rechazarse los pedidos de sobreseimiento presentados por el presidente Claudio “Chiqui” Tapia, el tesorero Pablo Toviggino y los demás imputados por una multimillonaria retención indebida de aportes.
Pérez Barberá fue contundente en su argumentación. “Si la AFA retuvo dinero que no le pertenece y no lo depositó en las fechas legales, que es lo que está bajo investigación, entonces eso no ‘desaparece’ por obra de una mera tregua administrativa”, advirtió. El fiscal sostuvo que la deuda es exigible, el plazo venció y, como consecuencia, el dinero no llegó al Estado en el tiempo exigido por ley.

La fiscalía reclamó que se confirme la decisión del juez en lo penal económico Diego Amarante, quien ya se negó a dictar los sobreseimientos por inexistencia de delito. Pérez Barberá explicó el momento en que se configura el ilícito: “La consumación se produce cuando, vencido el plazo, el obligado omite efectuar su depósito”.
El fiscal profundizó su postura al señalar que “la exigibilidad de una obligación no depende de la disponibilidad inmediata de los mecanismos procesales de ejecución, sino de la existencia de un deber jurídico de cumplimiento cuyo vencimiento habilita al acreedor a reclamar su satisfacción”. Con este argumento, buscó desestimar cualquier intento de la defensa por dilatar la causa.
La sala A del Tribunal de Apelaciones en lo Penal Económico, integrada por la jueza Carolina Robiglio y el juez Roberto Hornos, había fijado una audiencia para este miércoles. Sin embargo, las partes presentaron memoriales escritos y uno de los acusados pidió una prórroga que le fue concedida, por lo que no habrá una decisión antes del 25 de marzo.

Los cinco acusados, todos integrantes de la comisión directiva de AFA, ya fueron indagados por el juez Amarante. En todos los casos presentaron escritos reclamando ser sobreseídos y se negaron a responder preguntas. El magistrado ahora está en condiciones de decidir si los procesa, dicta falta de mérito o los desvincula definitivamente de la causa.

