El Gobierno nacional oficializó este miércoles el Decreto de Necesidad y Urgencia 340/2025 que aprueba el “Régimen de Excepción de la Marina Mercante Nacional”. El objetivo de la medida es reactivar el sector del transporte marítimo y fluvial mediante una batería de reformas regulatorias.
La medida, publicada en el Boletín Oficial, permite a los armadores nacionales suspender provisoriamente la bandera argentina de sus buques y registrarlos temporalmente en el exterior, sin perder la posibilidad de reincorporarlos al registro nacional sin costos adicionales.

El decreto establece que el nuevo régimen se aplicará por un plazo de hasta diez años. Durante ese período, los buques podrán operar bajo otras banderas en condiciones más favorables y reingresar a la matrícula argentina automáticamente al finalizar la suspensión. Esta medida excluye a buques de pesca, de transporte de pasajeros menores a 500 toneladas y embarcaciones de recreación.
En paralelo, se flexibilizan las condiciones para que buques extranjeros operen en el cabotaje nacional. En ausencia de oferta local registrada en condiciones de prestar servicio, la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) podrá autorizar embarcaciones foráneas por períodos renovables de hasta 180 días. Si estas operaciones superan los 60 días por año, la dotación a bordo deberá incluir tripulantes argentinos o con residencia permanente.

La reforma también incorpora modificaciones a las leyes N° 20.094, 27.418 y 27.419. Entre los cambios figuran la eliminación de la renovación anual del registro de armadores, la aplicación del “silencio positivo” en los trámites administrativos y la ampliación del régimen de arrendamiento a casco desnudo para buques con hasta 20 años de antigüedad.
Asimismo, se derogan artículos que obligaban a contratar únicamente con astilleros locales, una exigencia que, según el texto oficial, incrementaba los costos y restringía la competitividad. También se disuelve la Comisión Asesora de la Industria Naval.
Declaran servicio esencial a la navegación marítima y fluvial
Se declara servicio esencial a la navegación marítima y fluvial, lo que implica que cualquier conflicto gremial deberá garantizar al menos un 75% de la operación normal del servicio, equiparando la actividad con sectores como la salud, energía y telecomunicaciones. La Prefectura Naval Argentina queda a cargo de definir la dotación mínima de seguridad, mientras que la ANPyN podrá emitir recomendaciones no vinculantes sobre tripulaciones según el tipo de embarcación.

Finalmente, se modifica la composición del personal embarcado y se redefine la autoridad sobre la contratación de tripulaciones, permitiendo a los empleadores elegir libremente, sin intermediación obligatoria de asociaciones gremiales, siempre que los contratados estén habilitados.
El Decreto 340/2025 entra en vigencia el 22 de mayo y será elevado a la Comisión Bicameral del Congreso Nacional, conforme a lo estipulado por la Ley 26.122 sobre decretos de necesidad y urgencia.
Los cambios centrales del decreto
- Matrícula argentina para buques extranjeros: Embarcaciones de otros países podrán inscribirse en el registro local y operar como naves nacionales. Deberán cumplir con un 75% de tripulación argentina o residente, pero se regirán por las leyes laborales de su bandera de origen.
- Banderas de conveniencia: Las empresas navieras argentinas ahora pueden optar por registrar sus buques en países con regulaciones más flexibles, un práctica común a nivel global pero hasta ahora limitada en el cabotaje local.
- Autonomía en contratación de tripulaciones: Se elimina la obligación de contar con aval sindical para conformar dotaciones. Los armadores (dueños de los buques) podrán seleccionar personal directamente, aunque la Prefectura Naval mantendrá facultades para fijar mínimos de seguridad.
- Ampliación del cabotaje para buques internacionales: El plazo para que embarcaciones extranjeras realicen transporte entre puertos argentinos se extiende de 30 a 60 días, buscando mayor flexibilidad en operaciones logísticas.
- Facilidades para reparaciones e inscripciones: Se reducen trámites burocráticos para registrar naves y se eliminan restricciones que limitaban el trabajo de talleres navales.