La Cámara de Representantes de Misiones aprobó una modificación de la ley orgánica del Tribunal de Cuentas que amplía sus facultades para fiscalizar empresas y sociedades con participación estatal. La iniciativa, impulsada por el Poder Ejecutivo, incorpora el control externo de los fondos públicos que administran estas organizaciones y establece la obligación de remitir los resultados de las auditorías a la Legislatura una vez al año.
Al explicar los alcances de la modificación, el diputado provincial del bloque Movimiento por lo que Viene, Alejandro Arnhold, sostuvo que la medida busca garantizar mayor transparencia y legalidad en la administración de los recursos públicos.
“Esto es para que el ciudadano, el misionero a pie, sepa a dónde van destinados sus recursos”, expresó. Además, señaló que la ampliación de las atribuciones permitirá fortalecer el rol del organismo de control sobre las distintas estructuras empresariales en las que participa el Estado.
La modificación, enviada por el gobernador Hugo Passalacqua, incorpora un segundo párrafo al artículo 2 de la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas. El nuevo texto extiende la fiscalización a empresas y sociedades del Estado provincial y municipal, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades de economía mixta y otras entidades empresariales en las que el Estado tenga participación mayoritaria en el capital o intervenga en la formación de las decisiones societarias.
De esta manera, el organismo podrá ampliar sus auditorías sobre las entidades que administran recursos públicos, con el objetivo de incorporar esos movimientos económicos y financieros a los mecanismos de fiscalización externa de la provincia.
Informes anuales del Tribunal de Cuentas
La modificación también establece que los resultados de la fiscalización deberán remitirse anualmente a la Cámara de Representantes. Esta obligación quedó incorporada en el artículo 2 de la norma aprobada y crea una instancia formal para que la Legislatura reciba información sobre los controles realizados en las empresas y sociedades comprendidas.
Arnhold explicó que la periodicidad de los informes responde a los cierres de ejercicio de cada sociedad. La presentación anual permitirá adecuar la rendición a esos períodos contables, mientras que el Tribunal de Cuentas podrá ejercer las demás facultades de control que le correspondan dentro del marco legal establecido.

Finalmente, la reforma fija su entrada en vigencia para enero de 2027. A partir de ese momento, las empresas y sociedades alcanzadas quedarán incorporadas al esquema de fiscalización externa previsto en la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas.

